¿Y El Aumento Al Salario Mínimo, Recoge Una Demanda De Beneficio Para La Clase Trabajadora?
Roger Hernán Gutiérrez - Sindicalista salvadoreño.
La discusión sobre los términos que se desarrollan en el contenido de la legislación laboral (arts144 y siguientes), establecen que el salario mínimo es para todas las personas trabajadoras, sin discriminaciones—no obstante las bordadoras en el trabajo a domicilio, las empresas que las tienen en la nómina no les pagan la cantidad para la industria textil, no las inscriben en el Ministerio de Trabajo, y éste no nace ninguna acción de vigilancia y protección; igualmente en el trabajo doméstico, los patronos que quieren el trabajo de casa completo y bien hecho no les pagan el salario mínimo.
Cubrirá las necesidades de un hogar—esto es un tanto subjetivo por cuanto el hogar necesita la cobertura de condiciones materiales de existencia; en lo moral y lo cultural—no obstante, hay diferencias en los hogares y es algo complejo su determinación: alimentación, vestuario; vivienda; salud-educación; pago de servicios (agua, energía eléctrica; telefonía; impuestos municipales) algunos de estos servicios que integran un costo de vida son subsidiados por el gobierno. No todos los hogares tienen los ingresos suficientes para una cobertura de las necesidades vitales de un hogar “normal”.
Es importante que un salario mínimo no niega ni menoscaba otros derechos; que puede ser mayor en virtud de otros marcos jurídicos como el contrato individual, el contrato colectivo, reglamentos o costumbre de la empresa.
Algunos problemas que se evidencian son que se apoyará con información de otras instancias como el de planificación y coordinación económica—que ya no existe—y el sector empresarial es un opositor nato a todo lo que implica aumentar el salario mínimo, en tanto ello les implica supuestos aumentos en los gastos de la nómina de empleados. El gobierno cubrió costos subsidiando un año a las mipymes que demostraran con datos, para ser subsidiados y se reservaron 100 millones de usd.
En consecuencia, se dice que un aumento de acuerdo al sector comercio, servicio e industria; luego industria de maquila y después el agro. Estas diferencias se vuelven un tanto obsoletas, por cuanto hace ver diferencias que no existen, lo urbano versus el campo o el tipo de trabajo según la actividad económica. Es el costo de vida de lo que hablamos y ello se establece de conformidad a la labor, sistemas de remuneración, zonas de producción y otros criterios que no se aclaran; y a nuestro juicio discriminativos.
Esto no mejora las diferencias existentes y las maneras de determinar un nuevo salario mínimo, en tanto en el fondo son formas discriminativas para otorgar un salario mínimo. El CDC, habla de que son casi 732,000 los beneficiados (incluyendo todos los sectores); no obstante, el movimiento sindical lo retoma de forma conservadora, y las personas trabajadoras se ven divididas, en tanto un simple anuncio dispara los precios; y las necesidades vuelven a no estar cubiertas al nivel de un costo de vida que se incrementa aceleradamente.
Los sectores empleadores nunca están de acuerdo, y sólo buscan la ganancia, que a su interés opinan que se ve disminuida, por el aumento en la nómina; sin embargo, el salario siempre es un estímulo para la producción—es decir hay mayores esfuerzos y energía para producir mercancías. Además, coloca el poder adquisitivo en otro orden que puede ser facilitador de un mayor consumo. Otros lo limitan a los índices inflacionarios, pero estamos claros que la inflación está impactando la realidad, sin que exista aumento de los salarios.
En consecuencia, es importante la reactivación del proceso de discusión, que se abra a discusión participativa y transparente las diferentes propuestas. En esto es base la información, la economía no está bien, el trabajo hace falta y hay una alta sub ocupación sin salario mínimo. Por tanto es de retomar su debate, poner las cartas sobre la mesa y llegar a acuerdos antes de agosto 2024.